Retrato Ormeta- Sí a las restricciones de las mañaneras en tiempo electoral

Retrato Ormeta- Sí a las restricciones de las mañaneras en tiempo electoral

En fechas recientes, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió distintos asuntos que se le presentaron sobre el tema de la propaganda gubernamental. En efecto, en distintas sentencias, este órgano jurisdiccional dictó derecho sobre si los informes públicos del gobierno eran o no permitidos transmitirlos en tiempos electorales, así como también resolvió sobre si la vestimenta y función de los funcionarios de los programas sociales eran un tema propagandístico del gobierno, y finalmente, resolvió sobre si permitir o no el contenido de las famosas mañaneras en las entidades federativas en donde habrá que ir a las urnas a elegir representantes populares. 

Así es, al Tribunal Electoral se le planteó conocer si el presidente al rendir sus tres informes públicos, en los que dio a conocer los supuestos logros de gobierno en los meses de marzo, julio y septiembre del dos mil diecinueve, eran simplemente un ejercicio de rendición de cuentas o era un tema de propaganda gubernamental, supuesto en el cual, se estaría ante una prohibición constitucional que no permite que la hagan en los procesos electorales. De tal manera que, en un primer momento, la Sala Especializada del Tribunal Electoral declaró que los tres informes de gobierno eran un mecanismo de rendición de cuentas, bajo el cual, el Presidente de la Republica comunicaba a la ciudadanía los avances de su gobierno. 

Sin embargo, la Sala Superior del Tribunal Electoral, en el asunto SUP-REP-142-2019 y acumulado, sostuvo que dos de los informes de gobierno estaban dentro de los elementos de la propaganda gubernamental. En específico, los informes de gobierno actualizaban los elementos personales, circunstanciales y materiales de la propaganda gubernamental, pues, dichos informes se daban dentro de un contexto fáctico que buscaba promocionar los logros de este gobierno para tener un impacto en la ciudadanía a la hora de elegir la opción política de su preferencia, situación que se encuentra prohibida por nuestra Constitución. 

Ante tal cuestión, la Sala Superior revocó lo sostenido por la Sala Especializada y ordenó que ésta, analizará si los informes de gobierno tuvieron impacto en la equidad en la contienda en algún proceso electoral, para en todo caso, imponer una sanción. 

Más aún, la Sala Superior al resolver el asunto SUP-REP-185-2020, sostuvo que las conferencias matutinas presidenciales deben cumplir con las disposiciones constitucionales, en concreto, confirmó que debe analizarse si los mensajes difundidos en las mañaneras se encuentran dentro del concepto de la propaganda gubernamental, caso en el cual, debiera ser suspendido dicho mensaje. Así, las conferencias presidenciales deben ser evaluadas no como un esquema innovador de rendición de cuentas, sino como una tribuna que puede emitir mensajes y datos que promuevan la opción política que representa el gobierno, situación que traería una vulneración a la equidad en la contienda, pues habría una intervención del gobierno en el ánimo de los ciudadanos para elegir su opción política.  

Por tales motivos, la Sala Superior ordenó que se deben analizar los mensajes emitidos en las “mañaneras”, pues en caso, de que dichos mensajes encuadren en la propaganda gubernamental, estos sean suspendidos en las entidades federativas en donde habrá que ir a las urnas en el mes de junio. Así, las autoridades electorales tendrán que ser muy minuciosas para analizar las conferencias presidenciales, pues de su criterio se derivará la acción de suspender o no las mismas en los lugares en donde habrá elecciones, con la finalidad de que el mensaje presidencial no busque influir en el sentir del electorado. 

Por todo ello, el Tribunal Electoral restringió el contenido de los mensajes presidenciales para que no se busque ser un factor en el electorado. Ahora tendremos que vigilar para que este criterio sea respetado y no se convierta en letra muerta ante el capricho del vigilante de Palacio Nacional…

Omerta: El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación pospuso la discusión del asunto del hermano del Presidente, en donde se conocerá, si recibió o no financiamiento ilegal en las campañas electorales de las que fue parte. 

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