Gael García recibirá el 40% de las ventas de Johnnie Walker por usar su imagen sin autorización

Gael García recibirá el 40% de las ventas de Johnnie Walker por usar su imagen sin autorización

¡Gael García se sale con la suya! La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que Gael García recibirá el 40 % de las ventas de un famoso whisky escocés por utilizar su imagen sin autorización para una campaña.

La casa de whisky Johnnie Walker de Diageo México obtuvo una resolución en su contra luego de una demanda presentada por el actor mexicano.

La orden judicial contra Johnnie Walker se debe a la difusión de la campaña publicitaria “Caminando con Gigantes” en 2011, donde Diageo México usó la imagen del actor sin su consentimiento.

La indemnización que recibirá Gael García será el 40 % de las ganancias que obtuvo Diageo México de la campaña donde se usó su imagen.

Y aunque ya han pasado 10 años de la disputa legal entre Gael García y la marca de whisky Johnnie Walker, fue hasta ahora cuando obtuvo el fallo a su favor.

Sin embargo, luego de tres años de darse a conocer la campaña el histrión decidió demandar a la marca en 2013 por el uso de su imagen.

El actor detalló que la campaña publicitaria “Caminando con gigantes”  transmitió 22 spots entre septiembre y octubre del 2011, sin que el actor firmara un contrato previo para utilizar su imagen.

En respuesta a su demanda, a SCJN resolvió por unanimidad que Gael García Bernal tiene derecho a ser indemnizado con base en el artículo 216 Bis de la Ley Federal del Derecho de Autor, que señala:

“La reparación del daño material y/o moral, así como la indemnización por daños y perjuicios por violación a los derechos que confiere esta Ley en ningún caso será inferior al cuarenta por ciento del precio de venta al público del producto original o de la prestación original de cualquier tipo de servicios que impliquen violación a alguno o algunos de los derechos tutelados por esta Ley”, se lee en un comunicado de la SCJN.

Por su parte, Diageo alegó que no corresponde a la SCJN legislar en materia del derecho al uso de la imagen y que la empresa no es propietaria de la marca Johnnie Walker.

Asimismo, informaron que la función de Diageo México es exclusivamente referente a la publicidad y comercialización del producto, por lo que exigían quedar fuera de la demanda.

Al respecto, la SCJN rechazó los argumentos de Diageo y aseveró que dicha ley protege a los autores de una obra y a cualquier persona cuya imagen sea comercializada sin su consentimiento.

Para el año 2018 Gael promovió un amparo contra Diageo México, por lo que los ministros resolvieron que Diageo era responsable por el uso indebido de la imagen de Gael García.

Ante lo cual, el protagonista de “Amores Perros”, podía demandar una indemnización, reparación y pago de daños materiales y perjuicios en un equivalente al 40 % de las ganancias generadas durante la campaña publicitaria.

García procedió y exigió la indemnización del daño y tres años después la SCJN resolvió a su favor este noviembre de 2021.

Con información de Aristegui Noticias

MGL

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