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- 10/07/2021
SCJN despenaliza aborto para mujeres víctimas de violación

La Suprema de Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que declaró inconstitucional la penalización del aborto realizado por mujeres víctimas de violación.
Cabe mencionar que es la primera vez que la Corte toma una decisión en relación a este tema, sin embargo, es resultado luego de analizar el caso de una menor de edad que sufre parálisis cerebral tras ser violada, misma a la que se le negó la posibilidad de abortar en un hospital ubicado en Chiapas.
El amparo fue promovido a favor de esta mujer, y en 2018, el Hospital General de Tapachula le negó la interrupción de su embarazo, argumentando que ya habían pasado los 90 días, que estipula el Código Penal estatal.
A través de un comunicado difundido en redes sociales, explica que “lo anterior, tras considerar que la limitación temporal prevista en dicho precepto implica un total desconocimiento de la dignidad humana y del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres gestantes, cuyo embarazo no es producto de una decisión libre y consentida, sino resultado de conductas arbitrarias y violentas que desconocen su carácter de sujeto autónomo y que, por lo mismo, se trata de conductas que se encuentran tipificadas penalmente y son reprochables por el Estado”.
En tanto, los estados de Veracruz, Baja California, Quintana Roo, Chihuahua, Hidalgo, Colima, Campeche, Michoacán y Coahuila son las entidades que establecen un límite temporal que abarca 90 días para la interrupción legal del embarazo en caso de sufrir abuso sexual.
#ComunicadoSCJN
— Suprema Corte (@SCJN) July 7, 2021
La limitación temporal para la interrupción legal del embarazo producto de una violación, es un acto de violencia contra la mujer que afecta sus derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la salud mental: #PrimeraSala
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