Retrato Ormeta – La muestra de la revitalizada independencia judicial

Retrato Ormeta – La muestra de la revitalizada independencia judicial

En la comunidad jurídica existe el consenso de que la independencia judicial es un pilar fundamental del Poder Judicial porque este concepto le permite a la institución judicial cumplir con su función de ser protectora de la Constitución y garante de los derechos humanos. Esto es, sería impensable que el Poder judicial pueda desempeñar tales mandatos sin contar con esa famosa independencia. De ahí que, por la importancia del concepto, se ha buscado dotarlo de contenido con características propias tanto jurídicas como políticas. Ante tal panorama, resulta relevante la construcción que le han dado los mismos órganos jurisdiccionales a tal palabra, pues con ello, son los mismos órganos judiciales quienes han dotado de esencia el cimiento de su actuar y lo han convertido en un parámetro al cual deben someterse todas las normas que busquen regular su actividad.

Así, resulta relevante saber qué entiende la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) por independencia judicial, ya que, son los dos órganos jurisdiccionales fundamentales que han construido este término como un parámetro de regularidad al que deben ceñirse las normas que buscan regular la función judicial y que también se ha convertido en el eje rector de su actuar. De tal forma que, tanto la CoIDH como la SCJN no buscan construir una definición delimitada de lo que es la independencia judicial, sino que resaltan que este concepto es importante porque protege otros valores y principios valiosos para el Estado Constitucional democrático. Esto es, la independencia en la judicatura no es un fin en sí mismo, sino un puente para proteger dos principios muy valiosos como lo son la división de poderes y el garantizar el derecho al acceso a la justicia.

En efecto, la CoIDH sostiene que sólo un Poder Judicial con independencia puede brindar justicia imparcial que emita resoluciones sustentadas en las leyes y en los derechos humanos. Por otro lado, ha dicho que la independencia judicial en su faceta institucional permite no sólo blindar de amenazas la labor judicial, sino que también, permite que el Poder Judicial se constituya con fuerza para revisar las decisiones de otros órganos de Estado, cumpliendo con esto, con ser un órgano de contrapeso en la democracia, tal como lo mandata la división de poderes. Ahora bien, la SCJN va más allá porque ata estos conceptos, en el sentido de que una violación a la independencia judicial es una violación al principio de división de poderes, esto tomando en cuenta de que este último principio cuenta con su propio parámetro que señala los grados en que puede ser vulnerado (interferencia, dependencia y subordinación), por ende, se puede atentar contra la independencia judicial y al mismo tiempo vulnerar la división de poderes en uno de sus grados.

Ahora bien, dicho concepto cobra vital relevancia en los últimos episodios judiciales del país. En efecto, hoy más que nunca nuestro país clama por jueces, magistrados y ministros con independencia que les permita brindar justicia imparcial a las personas que acuden a los tribunales a buscarla y también para erigirse como un contrapeso que revise la constitucionalidad de los actos de los órganos políticos. Sin independencia no habrá justicia y sí muchos atropellos del poder político a los derechos de las personas, tal como en los últimos años hemos visto. Más aún, el Poder Judicial independiente se ha convertido en el último eslabón de protección a la Constitución al someter todos los actos de los demás Poderes de la Unión a lo escrito ahí, garantizando no sólo la legalidad en la actuación de las autoridades sino también constreñir su actuar al texto constitucional.

Sumado a ello, la independencia judicial es un atributo que no se dice de dientes para afuera ni se adquiere por el simple hecho de repetirlo mil veces en el foro público. No, hay que ser y parecer independiente, por ende, los jueces son independientes cuando emiten sentencias apegadas a la Constitución y a los derechos humanos, así como son independientes cuando no dan motivos en su apariencia para que se ponga en duda su imparcialidad. Por ello, da orgullo cuando la ministra presidenta Piña -con una larga trayectoria judicial- evitó ponerse de pie cuando el presidente de la República ingresó al auditorio para dar inicio a los festejos de un año más de vida de la Constitución. Hoy la presidenta Piña ha dejado claro que no sólo ha sido independiente a lo largo de su trayectoria profesional con sentencias impecables, sino que con estas muestras deja en claro que va a cuidar hasta las apariencias para cuidar la independencia judicial.

Durante la administración del ministro Zaldívar se descuidó mucho la protección de las apariencias y así pago caro la puesta en duda de independencia del Poder Judicial. Con esta nueva administración parece que la independencia judicial se revitaliza para beneficio de la justicia imparcial y la sana división de poderes.  

Ormeta: La ministra presidenta Piña está sacudiéndose todo aquello que huela a la gestión anterior encabezada por el ministro Zaldívar, están regresando las y los servidores de carrera judicial a las cabezas de dirección del Poder Judicial de la Federación.

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