¡Fuera cadenas!- El Gran Hermano 

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El viernes pasado, el Presidente López Obrador reconoció que la Secretaría de la Defensa activamente realiza “labores de inteligencia” sobre ciudadanos; lo que dijo fue un eufemismo de espionaje. El ejército mexicano espía a los ciudadanos sin mediar orden judicial alguna que lo autorice y sin que el ejército tenga facultades para ello.

En su ya tradicional conferencia matutina, una valiente reportera Nayeli Roldán cuestionó al Presidente con respecto al espionaje del ejército a periodistas y a Raymundo Ramos, quien es defensor de derechos humanos, con la tecnología llamada “Pegasus”. El Presidente, lejos de negar semejante hecho, señaló que el ejército sí realiza funciones de “inteligencia” y que es distinto al espionaje porque, en su decir, se emplea para la seguridad nacional.

La seguridad nacional y su protección no es está sujeta a caprichos políticos, sino que ésta se encuentra regulada tanto por la Constitución con por la Ley de Seguridad Nacional. Las acciones para la protección a la seguridad nacional conllevan, entre otras, la preservación de la soberanía y protección del territorio nacional, mantenimiento del orden constitucional, la defensa del Estado mexicano frente a otras potencias. La misma legislación, además, establece que se entenderán como amenazas a la seguridad nacional los actos tendentes a consumar espionaje, sabotaje, terrorismo, rebelión, traición a la patria, genocidio, los actos que impidan a las autoridades actuar contra la delincuencia organizada, actos en contra de la seguridad de la aviación, entre otros actos. 

Como se ve, la seguridad nacional y las amenazas en su contra están regulados por la legislación, por lo que no es factible que las autoridades, sin razón alguna, intervengan comunicaciones privadas en pos de la supuesta protección de la seguridad nacional. En todo caso, según lo prevé la propia ley, será un juez federal quien autorice la intervención de comunicaciones privadas en caso de encontrarse ante alguna de las amenazas a la seguridad nacional a las que la propia ley refiere. Es decir, la intervención debe realizarse bajo el escrutinio judicial, no así al arbitrio del ejército. 

Nayeli le exigió al Presidente una respuesta clara y concisa ante estos señalamientos, mas él jamás señaló cual fue la razón por la cual se estimó necesario que se hubiera realizado esas intervenciones a comunicaciones privadas. Al contrario, simplemente señaló que esos eran actos de “inteligencia”.

Cuando los supuestos actos de inteligencia consistentes en la intervención de comunicaciones privadas acontecen sin la autorización de un juez federal y sin una razón fundada en la protección a la seguridad nacional, entonces estaremos ante un acto de espionaje. Si no hay explicación jurídica alguna por la cual se interviene en las comunicaciones privadas de las personas, entonces esos actos serán espionaje, no pueden considerarse como actos de “inteligencia”.

Más grave aún resulta este asunto porque el espionaje del ejército fue sobre periodistas y defensores de derechos; incluso, el Presidente insistió en que los periodistas están en contra de su “transformación” y que, en todo caso, son sus adversarios. Damas y caballeros, el Presidente abiertamente reconoció que está dispuesto a espiar a toda aquella persona que no esté a favor de sus ideales.

¿Quién recuerda a Winston Smith y al Gran Hermano?

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