¡Fuera cadenas!-La organización política

¡Fuera cadenas!-La organización política

La organización política de todo país se define en su Constitución. Habrá países que decidan constituirse como monarquía absoluta (el caso de Qatar), democracia parlamentaria (el caso de España) o democracia presidencial (como nuestro caso). Esta decisión compete única y exclusivamente a los ciudadanos del país en cuestión. En nuestro caso, hace 106 años decidimos constituirnos como una república democrática presidencial y federal. 

Debido a lo anterior, nuestro Estado nacional está compuesto por ciertas instituciones que materializan esa decisión. Por ejemplo, contamos con el Congreso de la Unión, un poder ejecutivo independiente del legislativo y un poder judicial. La gran diferencia entre nuestro sistema presidencial del parlamentario es que, en este último, el ejecutivo deriva del legislador ―cuestión que en México no acontece―. Todas estas instituciones, sus competencias y facultades están definidas por la Constitución. La Constitución, pues, es un acuerdo para la organización política de nuestro país.

En la Constitución, además, también se consagran los derechos y principios que más interés se tienen en proteger. Quizás en una monarquía absoluta no se tiene el interés de proteger derechos político-electorales; en cambio, en una democracia ello es necesario. Dentro de los diversos tipos de Estados democráticos habrá países que protejan algunos derechos en particular, mientras que otros países democráticos no lo harán; eso ya dependerá de la situación social y política de cada nación.

Hace 106 años, en medio de una guerra civil convulsa, y con la reciente invasión estadounidense, las fuerzas carrancistas lograron hacerse del poder político en México y, muy acertadamente, convocaron en 1916 a un congreso constituyente para la “reforma” de la Constitución de 1857 (en la materialidad, terminó siendo una Constitución nueva). En esta nueva Constitución, el país se organizó como federal, democrático y presidencial. Asimismo, se previeron diversos derechos sociales (derechos agrarios y laborales) que fueron motivo de lucha por las diversas facciones revolucionarias. En suma, esta Constitución fue el reflejo del clamor social de la época.

Nuestra Constitución ha tenido más de 700 reformas a lo largo de este siglo y fracción de vida que tiene. Antes, esto me parecía totalmente inverosímil: ¿de qué nos sirve una Constitución que poco o nada tiene que ver con el documento original? Hoy reflexiono al respecto, hay estudiosos que señalan que esto no necesariamente es algo malo; si bien hay muchas cosas que no deberían estar en la Constitución por su trivialidad y poca trascendencia para la estructura del Estado mexicano (por ejemplo, los minutos que tendrán los partidos políticos en televisión para promocionarse), las numerosas reformas han ayudado a darle continuidad y vigencia a la Constitución. Por ejemplo, ante la preocupación social y política del control del gobierno sobre la organización de las elecciones, se creó un organismo autónomo encargado de ello con una reforma constitucional. La Constitución, entonces, ha mantenido su vigencia y se ha ido adecuando a las exigencias sociales y políticas gracias a sus reformas.

Al día de hoy, con un gobierno federal que ha rechazado las políticas económicas y políticas de gobiernos anteriores, no aparenta haber una intención por sustituir la Constitución de 1917. Si bien se han reformado cuestiones para tratar de fortalecer más al ejecutivo en ciertas materias, en lo estructuralmente esencial para la democracia presidencial y federal, ésta no ha tenido cambios mayores. La Constitución, entonces, parece tener vida para rato.

Publicaciones Relacionadas

¡Fuera cadenas!-¿De qué nos escandalizamos? 

¡Fuera cadenas!-¿De qué nos escandalizamos? 

Las opiniones expresadas son responsabilidad de sus propios autores, mismos que Uni2Noticias no necesariamente comparten
 ¡Fuera cadenas!-¿Y si creamos un nuevo Tribunal Constitucional?

 ¡Fuera cadenas!-¿Y si creamos un nuevo Tribunal Constitucional?

Este síntoma (la designación a la Corte de juristas asociados a la función administrativa) demuestra que las funciones como Tribunal Constitucional…
¡Fuera cadenas!- El Gran Hermano 

¡Fuera cadenas!- El Gran Hermano 

Las opiniones expresadas son responsabilidad de sus propios autores, mismos que Uni2Noticias no necesariamente comparte

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *