Extienden estado de emergencia en cuatro regiones de Perú tras protestas contra Boluarte

Extienden estado de emergencia en cuatro regiones de Perú tras protestas contra Boluarte

El gobierno de Perú declaró este domingo estado de emergencia en los departamentos de Madre de Dios, Apurímac, Arequipa y Moquegua por 60 días, y extendió la medida en tres regiones donde ya se mantenía, con el fin de controlar las protestas que han dejado 69 muertos.

Por medio de un decreto publicado en el diario oficial El Peruano, la presidenta Dina Boluarte aumentó la medida a otras entidades, luego de que ya se implementará en Cuzco, Puno y Tacna, así como en algunas provincias de Apurímac, Madre de Dios y Moquegua.

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Con el estado de emergencia en dichas zonas ya suman once departamentos los que permanecen con la medida, ya que a mediados de enero el gobierno decretó la restricción por 30 días en Lima, Callao, Amazonas y La Libertad.

El estado de emergencia se da en un contexto donde en dichos territorios se siguen reportando las mayores protestas antigubernamentales que exigen la renuncia de Boluarte, el cierre del Congreso, adelanto de elecciones para 2023 y una convocatoria a una asamblea constituyente.

El documento de decreto establece que durante el estado de emergencia quedan restringidos “los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión, y libertad y seguridad personales”.

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Además, la Policía Nacional del Perú mantendrá el orden interno en coordinación con las Fuerzas Armadas “con excepción del departamento de Puno, donde se requiere que el control interno sea asumido por las Fuerzas Armadas”.

Asimismo, el artículo tercero del decreto presidencial amplia por diez días la inmovilización social obligatoria, entre las 20:00 horas y las 4:00 de la madrugada, la cual ya estaba vigente en Puno.

El texto que lleva las firmas del Ejecutivo, el primer ministro, Alberto Otárola, y los titulares de Defensa, Interior y Justicia, agrega que la presidenta de la República puede decretar estado de emergencia en caso de “perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la nación”.

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